¿Cuánto cobra el presidente del Tribunal de Cuentas?
El presidente del Tribunal de Cuentas cobra unos 165.000 € brutos al año. Vía de elección, mandato de 9 años y comparativa con el Tribunal Supremo y la Fiscalía.
Cuánto cobra el presidente del Tribunal de Cuentas
El presidente del Tribunal de Cuentas cobra alrededor de 165.000 € brutos al año, una cifra equiparable a la del presidente del Tribunal Supremo y al Fiscal General del Estado. Es la máxima autoridad del órgano fiscalizador supremo del Estado, encargado del control externo de la actividad económica y financiera del sector público.
A diferencia de la Intervención General de la Administración del Estado (control interno), el Tribunal de Cuentas ejerce un control a posteriori y depende directamente de las Cortes Generales, no del Gobierno.
Datos clave
- Retribución bruta anual aproximada: 165.000 €
- Mandato: nueve años (renovable cada tres años por tercios)
- Norma reguladora: Ley Orgánica 2/1982 del Tribunal de Cuentas
- Composición del Pleno: 12 consejeros + Fiscal del Tribunal
Cómo se accede al cargo
Los doce consejeros del Tribunal de Cuentas son elegidos por las Cortes Generales —seis por el Congreso y seis por el Senado, en ambos casos por mayoría de tres quintos— para un mandato de nueve años. La renovación se hace por terceras partes cada tres años.

Una vez elegidos, los consejeros designan al presidente del Tribunal entre sus propios miembros en el pleno constitutivo, por un mandato de tres años renovable. La elección se publica en el Boletín Oficial del Estado.
Funciones
El Tribunal de Cuentas combina dos funciones distintas:
- Función fiscalizadora: examina y comprueba la actividad económica y financiera del sector público mediante informes anuales y especiales presentados a las Cortes.
- Función jurisdiccional: enjuicia la responsabilidad contable de quienes manejan caudales públicos. Es un órgano judicial sui generis, con capacidad para imponer reintegros económicos.
El presidente preside el pleno, dirige los servicios y representa al Tribunal ante las Cortes y otras instituciones nacionales e internacionales (Tribunal de Cuentas Europeo, organizaciones internacionales de fiscalización).
Cómo se compone el sueldo
La retribución del presidente y de los consejeros del Tribunal de Cuentas está fijada en los Presupuestos Generales del Estado y se equipara a la de los miembros del Tribunal Supremo:
- Sueldo base equivalente al de un magistrado del Supremo.
- Complemento por presidencia, en su caso.
- Complemento específico asociado a la responsabilidad y dedicación.
- Trienios por antigüedad acumulados a lo largo de la carrera.
A esto se añaden los medios materiales propios del cargo: despacho oficial, escolta, vehículo con conductor y gabinete propio.
Comparativa con otros órganos constitucionales
| Cargo | Sueldo bruto anual aproximado |
|---|---|
| Presidente del Tribunal de Cuentas | ~165.000 € |
| Presidente del Tribunal Supremo y CGPJ | ~165.000 € |
| Magistrado del Tribunal Supremo | ~150.000 € |
| Consejero del Tribunal de Cuentas | ~145.000 € |
| Magistrado del Tribunal Constitucional | 147.256 € |
| Vocal del CGPJ | ~140.000 € |
| Defensor del Pueblo | 94.982 € |
La equiparación retributiva entre la cúpula del Tribunal de Cuentas, del Tribunal Supremo y de la Fiscalía es deliberada: refuerza la posición institucional de los grandes órganos de control y garantiza que sus titulares no dependan del ejecutivo en términos económicos.
Régimen de incompatibilidades
El presidente y los consejeros del Tribunal de Cuentas están sometidos a un régimen estricto de incompatibilidades regulado en la Ley Orgánica 2/1982: dedicación exclusiva, prohibición de actividad privada con ánimo de lucro, prohibición de afiliación a partidos políticos durante el mandato, y declaración obligatoria de bienes y actividades.
Cómo consultar los datos en sueldode.org
En sueldode.org puedes ver el listado de altos cargos del Estado y comparar la retribución de los grandes órganos de control: Tribunal de Cuentas, Intervención General, Defensor del Pueblo. La fuente son los Presupuestos Generales del Estado y el Registro de Altos Cargos.